Empresa domiciliada en Madrid, Paseo de la Habana, 74, 28036 Madrid, teléfono 91 384 85 00. Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 24782, de la sección 8ª del Libro de Sociedades, folio 204, hoja M-239580, y con NIF A-82473018.
Renta 4 Banco, S.A. es una entidad sujeta a la supervisión del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y se encuentra inscrita en el Registro de Bancos y Banqueros con el nº 0083 e inscrita en el registro administrativo entidades depositarias de IIC de las CNMV con el nº 234.
Empresa domiciliada en Madrid, Paseo de la Habana, 74, 28036 Madrid, teléfono 91 384 85 00. Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 7.636, general 6.599, de la sección 3ª del Libro de Sociedades, folio 186, hoja 66.787, inscripción 16ª y con NIF A-78076452.
Renta 4 Sociedad de Valores, S.A. es una entidad sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y se encuentra inscrita en el Registro de Sociedades de Valores y Bolsa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 1.
Empresa domiciliada en Madrid, Paseo de la Habana, 74, 28036 Madrid, teléfono 91 384 85 00. Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 1.186, general 1.129, de la sección 3ª del Libro de Sociedades, folio 1, hoja 710.252, inscripción 1ª y con NIF A-78292661.
Es una entidad sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y se encuentra inscrita en el Registro de Sociedades de Instituciones de Inversión Colectiva de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 43.
Empresa domiciliada en Madrid, Paseo de la Habana, 74, 28036 Madrid, teléfono 91 384 85 00. Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 12.387, de la sección 3ª del Libro de Sociedades, folio 8, hoja 196.873, inscripción 1ª y con NIF A-81803777.
Es una entidad sujeta a la supervisión de la Dirección General de Seguros y se encuentra inscrita en el Registro de Sociedades Gestoras de Fondos de Pensiones de la Dirección General de Seguros con el número G-0185.
De acuerdo con el denominado Pilar III del Acuerdo de Capitales de Basilea II, la nueva regulación de solvencia incluye determinadas obligaciones de información al mercado que constituyen el objeto del presente documento denominado "Informe de Solvencia", cuyo propósito es normalizar y favorecer la divulgación de la información relevante del Grupo Renta 4. Ésta se centra en aspectos claves para la adecuada comprensión del perfil de negocio que desarrolla, su exposición y su modelo de gestión del riesgo. "
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria 12ª de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito en relación con el artículo 192 del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.
Informe anual de empresas de servicios de inversión
Informe Bancario Anual Renta 4 Banco SA y sociedades dependientes
El objeto de la Sociedad está constituido por las actividades propias de las entidades de crédito en general, incluida la prestación de servicios de inversión, así como la adquisición, tenencia, disfrute, administración y enajenación de toda clase de valores mobiliarios, y en particular las determinadas en el artículo 175 del Código de Comercio y demás legislación en vigor relativa a la actividad de tales Entidades.
Asimismo comprenderá la prestación de toda clase de servicios y asesoramientos, bien sean económicos, financieros, fiscales, bursátiles, de organización, mecanización o de otra índole y realizar estudios de valoración de sociedades, así como la colocación y negociación de valores de toda clase de bienes muebles e inmuebles pertenecientes a terceros. La actividad o actividades que constituyen el objeto social también podrán ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o de participaciones en Sociedades con objeto idéntico o análogo. Dichas actividades podrán ser realizadas tanto en el ámbito nacional como en el internacional.
Entidad Gestora de Deuda Pública con Capacidad Plena.
Miembro del Mercado de AIAF de Renta Fija. Plataforma SEND.
RENTA 4 S.V., S.A.
Prestación de los siguientes servicios de inversión, exclusivamente para clientes categorizados como contrapartes elegibles y determinados clientes profesionales:
RENTA 4 GESTORA, S.G.I.I.C., S.A.
Tiene como objeto social exclusivo la gestión de instituciones de inversión colectiva.
RENTA 4 PENSIONES, E.G.F.P., S.A.
Tiene como objeto social exclusivo la gestión de fondos de pensiones.
La integración de criterios ESG en la estrategia de negocio y cultura de Renta 4 Banco es una acción positiva y necesaria
La sostenibilidad se ha convertido en una prioridad para los distintos grupos de interés que conforman el mercado financiero: los inversores cada vez tienen más en cuenta los criterios ambientales, sociales y de gobierno (por sus siglas en inglés, ESG) a la hora de realizar sus inversiones y las autoridades y supervisores han puesto en marcha diferentes iniciativas con el objetivo de promover las inversiones sostenibles.
El Grupo Renta 4 considera que los criterios ESG forman parte de los riesgos y oportunidades a los que se enfrentan las compañías en el mundo actual y por tanto, la integración de estos aspectos en su estrategia de negocio y cultura corporativa es no solo una acción positiva, sino necesaria. Una inversión sostenible es una de las principales palancas para el progreso de las entidades y de la sociedad.
El Grupo Renta 4 está llevando a cabo distintas acciones que ponen de manifiesto su compromiso con la integración de los criterios ESG.
En base a la naturaleza de los productos que comercializa la entidad, no se realiza un análisis sobre las incidencias adversas de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad, puesto que la toma de decisiones de inversión no se realiza en base a estos. La posible inclusión de calificaciones o informes ESG se realiza únicamente con carácter informativo.
Política de remuneración de Renta 4 Banco
La presente Política de Remuneración persigue establecer un esquema retributivo adecuado a la dedicación y responsabilidad asumidas por las personas a las que resulte de aplicación, con el fin de, por un lado atraer, retener y motivar a los profesionales más destacados, y por otro, contribuir a que la Sociedad pueda cumplir sus objetivos estratégicos dentro del marco en que desarrolla su actividad.
La Sociedad ha procurado que las retribuciones se orienten por las condiciones de mercado de entidades de crédito equiparables por razón de su tamaño procurando que la retribución se ajuste a criterios de moderación y adecuación con los resultados de la Sociedad.
Actualmente la Política de Remuneración de Renta 4 Banco también está vinculada a objetivos no financieros sobre la integración de los criterios de sostenibilidad y políticas ESG.
Puede consultar la Política de Remuneración del Grupo Renta 4 aquí.
El cliente tendrá a su disposición en todas nuestras oficinas un folleto de tarifas completo. Además, podrá disponer de una copia de del contrato Marco de Productos y Servicios, de Gestión Discrecional de Carteras, así como cualquier otro folleto informativo de tarifas máximas de Renta 4
En el apartado dedicado a Ofertas Públicas, el cliente tendrá a su disposición los folletos de las Ofertas en las que Renta 4 participe en su colocación. En el apartado de fondos, el cliente podrá examinar los folletos de las Instituciones de Inversión Colectiva y los planes de pensiones comercializados por Renta 4.
Defensor del cliente
Renta 4 pone a disposición de sus clientes un servicio de defensor del cliente, que se encargará de atender todas las quejas y reclamaciones que los clientes puedan presentar relacionadas con sus intereses o derechos legalmente reconocidos.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9 de la Orden ECO 734/2004, de 11 de Marzo, sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente de las Entidades Financieras, publicadas en el BOE nº 72 de 24 de Marzo de 2004., el Grupo Renta 4 ha creado un Servicio de Atención al Cliente cuya finalidad es conocer, estudiar y resolver las quejas y reclamaciones que los clientes le planteen con respecto a las operaciones, contratos o servicios financieros y, en general, con respecto a sus relaciones con la Entidad.
Estas quejas o reclamaciones se deberán dirigirse por escrito a:
Servicio de Atención al Cliente de Renta 4 Banco, S.A. (Defensor)
Titular: Yeray Campos Chica
Domicilio: Paseo de la Habana, 74 - 28036 Madrid
Tel.: 91 384 85 00
También puede hacerlo:
El Servicio de Atención al Cliente deberá dar contestación en el plazo máximo de un mes con carácter general, o quince días hábiles si la queja o reclamación versa sobre un servicio de pago, contados a partir de la fecha en que la queja o reclamación fuera presentada.
El Banco de España y la CNMV a través de sus servicios de reclamaciones, atienden las posibles reclamaciones de los clientes contra las entidades por ella supervisada, no obstante, es necesario agotar previamente la vía del Servicio de Atención al Cliente. Por ello, el cliente podrá acudir a los Servicios de Reclamaciones del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores si la respuesta del Servicio de Atención al Cliente no hubiera sido satisfactoria o si no hubiera recibido respuesta tras acreditar que han transcurrido los plazos máximos desde la fecha de presentación de la queja o reclamación. Estas reclamaciones se podrán presentar electrónicamente a través de los formularios disponibles en la web de la CNMV y Banco de España o enviándolas por escrito a las siguientes direcciones.
CNMV
Servicio de Reclamaciones
Calle Edison, 4
28006 Madrid
Banco de España
Servicio de Reclamaciones
Calle Alcalá, 50
28014 Madrid
Asimismo, estas quejas o reclamaciones se podrán presentar ante cualquier otro organismo, mercados o asociaciones profesionales a los que pertenezca Renta 4 y que dispongan de instrumentos similares de resolución de conflictos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, se relaciona a continuación la principal normativa reguladora en materia de transparencia y protección de la clientela de servicios financieros:
Servicio de Atención al Cliente:
• Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
• Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo (B.O.E. del 24 de marzo), sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
• Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.
• Circular 7/2013, de 25 de septiembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se regula el procedimiento de resolución de reclamaciones y quejas contra empresas que prestan servicios de inversión y de atención a consultas en el ámbito del mercado de valores.
Transparencia de las operaciones y protección de la clientela, y otra normativa de protección al consumidor:
• Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 29 de octubre), de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
• Orden ECE/482/2019, de 26 de abril, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
•Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
• Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
• Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España (B.O.E. del 6 de julio), a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
Servicios de inversión:
•Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.
• Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Circular 7/2011, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos tipo.
• Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.
Servicios de pago:
• Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
• Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago
• Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) nº 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE
• Reglamento (UE) 260/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) 924/2009.
Dentro de los canales que el Banco pone a disposición del Cliente se encuentra la red de oficinas y la red de Agentes del Banco sujetos al régimen general de agentes de entidades de crédito de acuerdo con el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero.
De conformidad con la legislación aplicable en España, todos los Agentes del Banco se encuentran debidamente inscritos en el registro administrativo a cargo del Banco de España.
La información expuesta en este tablón de anuncios cumple lo dispuesto en cuanto a transparencia de las operaciones bancarias y protección de la clientela en las siguientes normas:
Todas las sociedades que forman parte del grupo Renta 4 disponen de un Reglamento Interno de Conducta, además de cumplir con los Códigos Generales de Conducta de cada uno de los Mercados Oficiales de los que forma parte, y el Código General de Conducta incluido en el artículo 67,2 letra i) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores ("la Ley del Mercado de Valores") y el artículo 14 g) del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, que regula el régimen jurídico de las Empresas de Servicios de Inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva aprobado por el Real Decreto 1309/2005 ("el RD 217/2008").